El maltrato entre iguales Olweus (1983) (citado en Defensor del Pueblo,
1999, pg 4) lo define como: una “conducta de persecución física y/o
psicológica que realiza el alumno o alumna contra otro, al que elige como víctima
de repetidos ataques, situando a esta en posiciones de las que difícilmente pueden
salir por sus propios medios. “Hay que tener en cuenta, como aclara Rigby
(1996), que muchas veces es un grupo de personas quien hace la vida imposible a
alguien, así que la definición mencionada se complementa incluyendo elementos del grupo. La definición de Olweus ha sido tomada en esta investigación.
Cabe aclarar que
este fenómeno no solo ocurre en el contexto escolar, sino que pueden ocurrir en otros como lo es el medio laboral
(Defensor del Pueblo, 1999). Existen tres criterios planteados por Olweus
(1997) para diferenciar esta forma específica de maltrato de otros;1) Es un
comportamiento agresivo e intencional, 2) Se da repetidamente y a lo largo del
tiempo, 3) Hay un desbalance de poder.
Van der Meulen (2003) profundiza en estos criterios acerca
del primero, que implica intencionalidad, comenta que hay autores que afirman que
esta intención puede ser relativa. Señala que Rigby (1996) distingue entre
maltrato maligno y maltrato no maligno; existe una intencionalidad por parte de
los agresores, mientras que en el caso del no – maligno, la persona que abusa lo
hace “sin saberlo” sin una motivación negativa de querer hacer daño pero el
efecto pueden ser igual de doloroso para la víctima.
Van der Meulen opina lo mismo que Olweus
cuando dice que la conducta del maltrato se repite, esta repetición crea
en la victima alerta ya que se crea en esta
situaciones de abuso, creando el miedo y demostrando opresión de la
misma naturaleza de la victimización. Sin embargo aclaran que esto es lo menos
importante, ya que aunque el maltrato ocurre un solo dia, o una sola vez el
estrés de la víctima, “No solo se crea por
lo que realmente pasa, sino por la amenaza y el miedo de que puedan ocurrir “
Tattum (1989 pg.223). Incluso Olweus
(1993) habla de las acciones únicas pues
dice que en algunas ocasiones puede haber maltrato entre iguales cuando hay una
situación particularmente más grave de
hostigamiento. En cualquier caso es
importante no incluir las acciones negativas dadas ocasionalmente y no graves cuando van dirigidas a un sujeto
en un momento y en alguna ocasión.
Como aclara Van der Meulen “la victimización trata
entonces de una relación interpersonal, una relación asimétrica entre
individuos; un agresor y varios agresores y una víctima” Esto indica que una relación asimétrica
entre agresores y victimas significa normalmente que la intención para establecer
y seguir la relación de maltrato viene por completo, de los agresores, quienes
están en una situación de privilegio con
más poder, la víctima no ha tenido, ni tiene intención de establecer esta
relación negativa, ni mucho menos de continuarla con menos poder. Regularmente
la relación se manifiesta por interacciones entre los individuos, aunque
también puede hacerlo por una ausencia de interacciones, como en el caso de la
exclusión social.
Otro criterio aportado por Van der Meulen, es el elemento crucial del
maltrato entre iguales. La diferencia que existe entre el desequilibrio de
poder, consiste en que quien maltrata está en una situación de ventaja, mientras que la víctima está en
una situación de desventaja. Esta puede ser de tipo físico, si el agresor tiene
más altura y/o es más fuerte, o psicológico, si los agresores son más personas,
tienen más amigos, se sienten apoyados por los docentes, tienen más autoestima
y/o si la agresión es difícil de identificar, como en el caso de la exclusión social.
Ahora retomando este criterio en este sentido, el maltrato se diferencia de un conflicto o
una pelea entre dos partes en una relación simétrica. Un conflicto puede
incluir acciones negativas, pero no está necesariamente relacionado con la otra
parte.
El Bullying se presenta de diversas formas. Justicia
(2001) mencionan cuatro formas: física, verbal, psicológica y sexual. La forma
física se puede presentar de manera directa, que consta de robos, esconder y
romper cosas.
El maltrato verbal también existe de manera directa, que
incluye insultar y poner a podo, e indirectas, en la que se presentan hechos como
hablar mal de alguien y creer falsos rumores, las manifestaciones psicológicas de
maltrato implican la exclusión social, rechazar, aislar, atemorizar,
extorsionar, ignorar, humillar y amenazar para intimidar. Finalmente el
maltrato social se manifiesta por medio del exhibicionismo, el voyerismo, al
acoso sexual, la agresión sexual, etc.
Tipos de maltrato entre iguales (adaptado del Defensor
del Pueblo (2009).
TIPOS DE MALTRATO
|
EJEMPLOS
|
FISICO
|
Directo: Pegar, empujar, herir
Indirecto: esconder, romper, robar cosas
|
VERBAL
|
Directo: insultar, poner apodos
Indirecto: Hablar mal de alguien
|
EXCLUSION
|
Directo: No dejar participar a alguien en un actividad
Indirecto: Ignorar a alguien.
|
MIXTO (Físico, Verbal, Gestos)
|
Amenazar con fin de intimidar, amenazar con armas, obligar a hacer cosas
con amenazas (Chantaje), acoso sexual.
|
2.2 Maltrato
Entre Iguales Como un Tipo de Relación de Agresión.
Las representaciones que tienen los niños sobre la
agresión se encuentran dentro de esta dimensión del conocimiento social.
En este sentido, Coie y Dodge (1998), y de Rivera (2002),
citado por Del Barrio, Martín, Almeida y Barrios (2003), analizan distintas
definiciones que estos autores exponen, es la de agresión en términos de sus
condiciones antecedentes en la que se considera, que cuando se hay agresión hay
intención de hacer daño a otros, esta conducta intencional de agresión puede
estar motivada o instrumentalmente como medio para alcanzar un fin.
Autores como; Parke y Slaby (1983), citados por Del
Barrio, Martín, Almeida y Barrios (2003), definen agresión en términos de los
efectos de la conducta, y consideran que un acto es agresión, cuando ocasiona
un daño a otro individuo, sin importar que la acción sea dirigida o no de
manera intencional. Este criterio se emplea con frecuencia en la labor
jurídica.
Otro sentido considera el termino de agresión como un
acto de poder y dominancia a otro individuo
y utiliza esta conducta para
amedrantar, sin tener en cuenta el daño ocasionado a su víctima.
El grupo de pares es un acuerdo, un trato, de iguales que interactúan entre sí usualmente donde hay un sentido de afiliación o de
concordancia con normas que
especifican aspectos que hayan acordado
entre ellos mismos, y el modo en que piensan y actúan sus miembros.
Partiendo de una característica común como lo es el maltrato verbal, físico que se
da entre individuos que interactúan en diferentes ocasiones, considerándose un
tipo de relación en el interior de un grupo, de tal manera que cada interacción
recibe del otro la influencia del anterior, podríamos decir que se trata de
maltrato entre iguales.
Olweus (1999), años más tarde, un solo episodio puede
darse con tanta violencia que sea suficiente para establecer una relación de
dominancia duradera. A partir de la intensidad se crea expectativas tanto en
los directamente implicados como en terceros que lo observan. Expectativas que
marcan los futuros encuentros, inevitables en la escuela, donde la asistencia
es obligatoria día tras día durante varios años.
Pareciera que la característica más definitiva es la
situación de desequilibrio, la ventaja de quien perpetua la agresión frente a
la desventaja de quien la sufre de ahí que se denomine maltrato entre iguales
por abuso de poder, con este desequilibrio lo que caracteriza a este tipo de
maltrato de otro es el domestico,, sea infantil o dirigido a la pareja es
precisamente el contexto o grupo en el que se produce.
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